Reintegros de IVA
La Ley de IVA exime de su pago a las exportaciones de bienes y permite a los exportadores solicitar el recupero del IVA facturado por sus proveedores respecto de los bienes, insumos y servicios incorporados al bien exportado, pudiendo de esta forma recuperar el saldo técnico en IVA que se acumularía, sin posibilidades de aplicación alguna, de otra forma.
Gestionamos ante AFIP la devolución de IVA para su aprobación, cuyos montos podrán usarse para pagar otros impuestos o cargas sociales, solicitar su devolución en CBU o transferirse a terceros, en tanto se dé cumplimiento a los requisitos legales que exige AFIP.
Cancelación de deudas con estímulos a las exportaciones
Adicionalmente, gestionamos ante AFIP los trámites de reintegros de derechos de exportación. La R.G. 1639/2004 AFIP habilita la posibilidad de cancelar deudas impositivas y de Seguridad Social del exportador realizando un Convenio de compensación de reintegros de derechos de exportación (específicos de acuerdo a la posición arancelaría del producto exportado).
Este mecanismo permite incrementar notablemente la liquidez global del circuito de exportación, porque pone inmediatamente a disposición del exportador, los recuperos de derechos de todos los permisos de embarque que se encuentre habilitados para este fin.